julio 20

La Plusvalía del muerto en los Fondos de Inversión

Hoy vamos a tratar un tema que no suele ser muy conocido cuando tocamos los temas de fiscalidades de los fondos de inversión. El concepto concretamente se conoce como plusvalía del muerto.

Se denomina plusvalía del muerto a la regla fiscal que aplica cuando heredamos un fondo de inversión y por la cual, gracias a la plusvalía del muerto, los herederos no tienen la obligación de pagar los impuestos que dichos fondos de inversión heredados por las ganancias acumuladas.

Esto supone que el heredero se ahorrará impuestos sobre beneficios de entre el 19% – 23% sobre el beneficio del fondo de inversión heredado.

 

Como funciona este “no impuesto”

Para ello sería interesante saber cómo funcionan los impuestos en los fondos se inversión. En semanas anteriores hicimos unas entradas en el blog donde tocamos este tema en profundidad tanto aquí como aquí.

De primeras, debemos de saber que los fondos de inversión cuentan con un incentivo fiscal muy ventajoso respecto a otros activos financieros como pueden ser las acciones o los ETF´s y es que los fondos de inversión solo tributan cuando el fondo es reembolsado al participe y no cuando es traspasado. En este sentido, el concepto de la “plusvalía del muerto” elimina este impuesto para los herederos. Ademas de esto, al heredar un fondo de inversión se estimará como precio de compra el que NAV que tenga el fondo de inversión heredado el día del fallecimiento.

De esta manera el heredero no tributará por las ganancias generadas por el fondo desde que lo adquirió la persona fallecida. Esta “ventaja fiscal” se establece debido a que, como heredero, ya vas a pagar por ese capital a la hora de realizar el impuesto de sucesiones y donaciones.

Otra ventaja significativa que aporta la plusvalía del muerto es que podemos utilizar el capital invertido en el fondo de inversión para hacer frente al impuesto de Sucesiones y Donaciones, algo bastante interesante debido a que existen situaciones en las cuales mucha gente no puede utilizar los bienes heredados para hacer frente los pagos de los impuestos de las herencias.

 

Legislación

La ley sobre impuestos del IRPF que se introdujo en España en 1978 establecía en sus inicios que los impuestos derivados de la trasmisión de bienes y plusvalías debían ser soportados por los herederos de dichos bienes, algo que generaba casos injustos de doble imposición que fueron subsanándose con el nuevo refundimiento de leyes que fueron sustituyendo a la ley original hoy obsoleta. Actualmente la ley vigente que trata este tema está recogido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006

Y hasta aquí la entrada de esta semana, espero que como siempre os pueda ayudar a formaros financieramente en el basto tema de los Fondos de Inversión.
Nos vemos por el foro Proinversores 😉

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